Recurren en apelación decisión que concede permiso laboral a Donni Santana

Señalan que es evidente que entra en total contradicción e ilegalidad en otorgarle la prisión domiciliaria al condenado.

Santo Domingo.- Fue recurrida en apelación la decisión del Tribunal de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal que concedió un permiso laboral al exdirector del Consejo Nacional de Frontera, Donni Mayobanex Santana Cuevas condenado a 20 años de prisión por violación sexual de su hijastra menor de edad.

La decisión del juez José Manuel Arias, fue recurrida ante la Corte de Apelación de esa jurisdicción, por el ministerio público y los abogados Walkiria Matos y Junior Alcántara, del Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic).

Tanto el Ministerio Público como Relevic, piden a la Corte de Apelación revocar la resolución la decisión del juez de ejecución de la pena y que en consecuencia anule el permiso laboral otorgado al ex funcionario para impartir clase en la Escuela del Colegio de Abogados.

Consideran que, el mismo tribunal que concedió el permiso reconoce y establece que no existe motivo alguno para cambiarle la modalidad de presión al condenado Donni Mayobanex Santana Cuevas, porque no existen ya los motivos que antes se exponían para otorgarle presión domiciliaria.

Señalan que es evidente que entra en total contradicción e ilegalidad en otorgarle la prisión domiciliaria al condenado y que basando sus alegatos con suposiciones, motivar una decisión sin fundamentos jurídicos y basados en suposiciones, violenta totalmente el artículo 24 del Código Procesal Penal.

La resolución, emitida por el magistrado el pasado 6 de junio, autoriza la salida temporal de Santana Cuevas del Centro de Privación de Libertad de Azua (CPL Km. 15), para impartir clase en la «Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD)» y cumplirá la totalidad de su condena el 4 de junio de 2038.

Condiciones impuestas y advertencias del tribunal
El tribunal estableció una serie de condiciones estrictas para el reo, como arresto domiciliario, donde deberá permanecer en su residencia los fines de semana y días feriados.

Comunicarse semanalmente con el tribunal para informar su ubicación y presentarse una vez al mes a firmar un libro de control y tiene prohibido usar redes sociales para hablar de su caso, debe mantener un «bajo perfil» y, de manera explícita, no puede molestar a la parte querellante ni a sus familiares.

El tribunal advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas condiciones resultaría en la revocación del permiso y en una orden de captura inmediata.

El juez exhortó a Santana Cuevas a «aprovechar esta segunda oportunidad» para reinsertarse de manera positiva en la sociedad. La resolución establece que el condenado cumplirá la totalidad de su pena el 4 de junio de 2038, aunque podrá solicitar la libertad condicional a partir de 2028.

Durante la audiencia, los abogados de Santana, Moisés Medina, Manuela Ramírez Orozco y Valentín Medrano Peña, argumentaron que su cliente «cumple con las condiciones exigidas» para el beneficio.

Sin embargo, el Ministerio Público y la parte querellante, representada por el abogado Junior Alcántara de la Relevic, se opusieron firmemente a la medida.

Donni Santana fue sentenciado a 20 años de prisión por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional el 12 de noviembre de 2019. La sentencia fue confirmada por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 14 de diciembre de 2020.

Según la acusación del Ministerio Público, Santana abusó sexualmente de su hijastra desde que ella tenía 11 años, aprovechando la ausencia de la madre de la menor. Donni Santana fue destituido como director del Consejo Nacional de Frontera el 14 de mayo de 2020.

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