Ángel Martínez es condenado a un año de prisión suspendida por difamar a Faride Raful

En consecuencia, se estableció una indemnización de RD$2 millones a favor de Raful, conforme a los términos del acuerdo presentado por las partes.

Santo Domingo.- La jueza de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional condenó a un año de prisión suspendida al comunicador Ángel Martínez, tras declararse culpable de difamar a la ministra de Interior y Policía, Faride Raful.

La magistrada Clara Luz Almonte adoptó la decisión luego de acoger un procedimiento penal abreviado presentado por el Ministerio Público y la defensa del imputado, mediante el cual el imputado admitió “de manera libre, voluntaria y consciente los hechos”, luego de ser asesorado por su abogado.

Durante la audiencia, Jiménez reconoció su responsabilidad y pidió disculpas a la ministra de Interior. Asimismo, manifestó que en ocasiones anteriores se había retractado de algunas de las afirmaciones que había proferido en contra de Faride Raful.

La condena fue impuesta por violación de las disposiciones de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, de acuerdo con la acusación presentada contra el procesado.

Como parte de las condiciones para mantener suspendida la ejecución de la pena, la jueza ordenó a Jiménez abstenerse de realizar cualquier tipo de comunicación, publicación o mención sobre la ministra de Interior, ya sea a través de redes sociales, medios escritos o cualquier otra vía.

También deberá permanecer en el domicilio que informó al tribunal y comunicar cualquier cambio de residencia a las autoridades correspondientes.

De igual manera, tendrá que presentarse periódicamente ante el juez de ejecución de la pena, quien estará encargado de supervisar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la sentencia.

La magistrada advirtió que el incumplimiento de cualquiera de las reglas impuestas podría provocar la revocación de la suspensión condicional de la pena, en cuyo caso Jiménez tendría que cumplir en prisión la sanción de un año.

Indemnización

En el aspecto civil, el tribunal acogió la constitución en actor civil presentada por Faride Raful, a través de su abogado Miguel Valerio, y reconoció la responsabilidad civil derivada de los hechos por los cuales fue condenado Jiménez.

En consecuencia, se estableció una indemnización de RD$2 millones a favor de Raful, conforme a los términos del acuerdo presentado por las partes.

Durante la audiencia, Valerio manifestó su conformidad con el procedimiento abreviado y con los términos acordados, incluida la reparación económica.

Al fundamentar su decisión, la jueza destacó la importancia de preservar la dignidad y la intimidad de las personas afectadas y las consecuencias que determinadas expresiones pueden producir en su vida familiar, moral y social.

La magistrada, al llamar la atención de Martínez, de quien dijo ha tenido varios procesos en ese tribunal, también hizo énfasis en la necesidad de que quien incurra en este tipo de conducta reflexione sobre sus actuaciones y procure modificar comportamientos que puedan afectar los derechos de otras personas.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 14 de octubre, fecha en la que las partes quedaron formalmente convocadas.

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