Avanza en el Tribunal Constitucional acción contra limitación del horario para venta de alcohol

El recurso cuenta con el respaldo del Poder Ejecutivo; el TC se reserva el fallo

Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) conoció este miércoles una acción directa de inconstitucionalidad que podría redefinir la facultad del Estado para limitar, mediante decreto, el horario de expendio de bebidas alcohólicas en el territorio nacional.

El alto tribunal se reservó el fallo respecto al recurso interpuesto contra el Decreto 308-06, normativa que prohíbe la venta de alcohol en colmados, bares, discotecas, casinos y centros de diversión a partir de las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y desde las 2:00 de la madrugada los fines de semana.

La acción fue sometida el 4 de septiembre de 2025 por el abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez, quien argumenta que un decreto carece de la jerarquía normativa necesaria para imponer restricciones a derechos fundamentales, como el de libre empresa y libertad de tránsito.

“El Ministerio de Interior y Policía ha venido aplicando este decreto durante periodos como Semana Santa y Navidad, ejerciendo acciones coercitivas y clausurando establecimientos en virtud de una disposición administrativa sin rango legal. Ello constituye un exceso de poder y una vulneración a derechos protegidos constitucionalmente”, afirmó Mateo Vásquez ante el pleno del tribunal.

El jurista sostuvo que, a partir de la Constitución de 2010, toda limitación a derechos fundamentales debe estar sustentada en una ley formal aprobada por el Congreso Nacional, y no en un acto administrativo del Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo respalda la acción

En un giro poco habitual, el Poder Ejecutivo, a través del abogado Arturo Figuereo, manifestó su respaldo a la acción de inconstitucionalidad, solicitando al TC que la misma sea acogida en todas sus partes.

“Solicitamos que se acoja íntegramente la acción interpuesta por el señor Mateo Vásquez, conforme a la opinión depositada ante la secretaría del tribunal el 3 de noviembre de 2025, y que se exhorte al Congreso Nacional a dictar una ley que regule de manera integral el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, en armonía con el orden público y la seguridad ciudadana”, expresó Figuereo.

El representante del Ejecutivo coincidió en que el marco normativo actual carece de soporte legal suficiente, lo que genera un vacío jurídico que debe ser subsanado mediante legislación formal.

A la espera del fallo

Tras escuchar los alegatos de las partes, el Tribunal Constitucional se reservó el fallo para deliberar internamente y emitir una sentencia definitiva que podría sentar un precedente vinculante sobre los límites de la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo frente al principio de reserva de ley.

De acoger la acción, el TC podría anular los efectos del Decreto 308-06, con lo cual toda restricción al horario de expendio de bebidas alcohólicas deberá emanar del Congreso Nacional.

El país queda así a la expectativa de una decisión que, más allá de su impacto económico y social, definirá el alcance de los poderes del Ejecutivo en la regulación de derechos fundamentales en el ámbito administrativo.

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